PAÍS VASCO: ¿Cómo calcular la retención de sus trabajadores?
En enero debe calcular el tipo de retención de Renta aplicable a sus trabajadores.
A estos efectos, debe tener en cuenta la totalidad de las retribuciones que tenga previsto satisfacerles (tanto las fijas como las variables) y sus circunstancias personales, y una vez hecho esto, consultar en la tabla de retenciones cuál es el tipo de retención que corresponde aplicar en cada caso:
Retribuciones previsibles
Si existen retribuciones variables (bonus, incentivos por productividad, horas extras…), compute al menos las satisfechas durante el año anterior, salvo que concurran circunstancias que permitan acreditar que este año van a ser de importe inferior. También debe computar las retribuciones en especie previstas.
Si durante el año se producen variaciones en la cuantía de las retribuciones dinerarias o en especie, debe calcularse un nuevo porcentaje teniendo en cuenta las alteraciones producidas. Este nuevo porcentaje se va a aplicar exclusivamente a partir de la fecha en que se produzcan las variaciones.
Circunstancias personales
Además, debe tener en cuenta las circunstancias personales y familiares de su trabajador (número de hijos, si satisface pensiones compensatorias, si tiene alguna discapacidad, etc.), según la información que éste le haya facilitado al inicio de la relación laboral, o con anterioridad al primer día del año natural, en el caso de que hayan variado los datos desde la última comunicación que le hizo.
Nuestros profesionales le ayudarán a calcular las retenciones aplicables a sus empleados.CONTENIDO RELACIONADO
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